El mercado de los criptoactivos en Colombia estaría ad portas de contar con una regulación integral que agrupa aspectos de vigilancia, fomento, pedagogía, tributación y prevención de riesgos asociados al lavado de activos y financiación del terrorismo.

El senador Gustavo Moreno y el representante Julián López presentaron un proyecto de ley que incluye 16 artículos y propone un marco normativo para los activos virtuales, cuya penetración en el país ha sido progresiva y creció 17% en 2024.

Según datos de criptoanalíticas, hasta cinco millones de colombianos ya usan criptoactivos y bitcoin es el token que más pesa en sus portafolios; un escenario que, desde hace años, puso de presente la necesidad de darle un piso jurídico a las transacciones y a la operación de las plataformas que las facilitan.

Propuesta para regular los criptoactivos.
Gráfico LR

El actual Gobierno había manifestado su interés en habilitar todo ese marco normativo, pero no se había reportado un avance significativo desde su lado.

Alejandro Beltrán, country manager de la plataforma Buda.com, indicó que, en cuanto a aspectos tributarios, en el país ya existe una regulación secundaria que establece las obligaciones de reportería financiera a la Unidad de Información y Análisis Financiero, Uiaf.

“Además, la Superintendencia de Sociedades, a través de una circular externa, establece la obligatoriedad para que los proveedores de servicios de activos virtuales, Psav, tengan sistemas de gestión y prevención de lavado de activos”, añadió.

La novedad que trae la iniciativa está, en ese sentido de integralidad, para regular todos los ámbitos relacionados con las plataformas y para identificar a las que están dentro del margen legal y las que no.

Beltrán destacó que el proyecto de ley también propone el fomento y aprovechamiento de la tecnología. Por ello, sugiere alianzas entre el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, y las entidades territoriales; esto con miras a promover programas de educación que preparen a los potenciales usuarios y proveedores de servicios, de manera que se abra paso a la explotación de este segmento de la economía digital.

El texto igualmente menciona que las plataformas no podrán transferir, prestar o gravar los activos almacenados en ellas por los usuarios sin que haya conocimiento del propietario.

Allí se lee también que estará prohibido “desarrollar toda clase de actividad comercial de mercadeo en red o multinivel con activos virtuales, así como la intermediación financiera de los mismos. Igualmente, no podrán permitir que se lleve a cabo la distribución mercantil de Activos Virtuales mediante actividades de mercadeo en red”.