
¿Es obligatorio emitir al mismo tiempo los estados financieros separados y consolidados?
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), mediante el Concepto 0121 de 2026, precisó que el hecho de emitir los estados financieros separados en una fecha distinta a la de los estados financieros consolidados no obliga, por sí solo, a que el revisor fiscal emita un dictamen con salvedad. Según el organismo, aunque ambos juegos de estados financieros están relacionados técnicamente, se trata de informes distintos, y ni la Norma Internacional de Contabilidad 27 (NIC 27[1]) ni los marcos técnicos incorporados en el Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 exigen que deban emitirse de manera simultánea.

