a Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) precisó los alcances de la exclusión del impuesto sobre las ventas (IVA) aplicable a los contratos de obra pública. El documento aclara que no todos los contratos de esta naturaleza están exentos del tributo, sino únicamente aquellos que cumplan con los requisitos señalados en el artículo 100 de la Ley 21 de 1992.
Fuente: Legis
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