El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) emitió un concepto sobre el tratamiento contable que deben aplicar los donantes al realizar aportes en dinero o bienes. La entidad indicó que la contabilización debe reflejar la salida del activo entregado y el reconocimiento de un gasto, debido a que no existe contraprestación en estas operaciones. El procedimiento aplica tanto para donaciones en efectivo como para aquellas efectuadas en especie.a Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) precisó los alcances de la exclusión del impuesto sobre las ventas (IVA) aplicable a los contratos de obra pública. El documento aclara que no todos los contratos de esta naturaleza están exentos del tributo, sino únicamente aquellos que cumplan con los requisitos señalados en el artículo 100 de la Ley 21 de 1992.
Fuente: Legis
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